
Usos y regulación de los drones en México
En ésta ocasión me llamo la atención el tema de “Drones” ya que como es bien sabido y seguirá siendo, ésta tecnología se está volviendo más visible cada día.
Y porque no hablar de los famosos drones, que con el tiempo han cobrado más impacto en esta era de cambios y aparatos tecnológicos. Tan sólo hace poco leí un artículo en donde ya los usan para hacer carreras y los llaman “racers”. La verdad se ve genial como compiten. Se está apostando en que las decenas de ligas de drones que se han formado en los últimos años tendrán éxito para llamar la atención del público en general.
Tan solo el mes pasado, los Emiratos Árabes Unidos organizó lo que llamó el primer World Drone Prix en Dubai, adjudicando a un adolescente británico US$250,000 tras ganar el primer lugar. A principios de este año, la Liga de Carreras Dron se puso en marcha con el objetivo explícito de convertirse en la Fórmula Uno de este deporte. La aplicación de estos equipos aun no ha encontrado un límite…
En 3SIT se utiliza esta innovación como una herramienta de trabajo perfecta para videos y tomas aéreas sorprendentes, la mejor manera de para crear un video simplemente diferente con resoluciones HD, 2K y 4K.
Al igual que crece el interés y los campos de aplicación para ellos, hay personas que ya encontraron su propio uso y muchas veces de forma indebida, para espiar, grabar en lugares privados, sobrevolar áreas federales y demás, es por ello que se tuvo que hacer una regulación para poder pilotar estos famosos “robots voladores no tripulados” en México. Es decir, restringirnos porque nuestro ingenio crece mucho, y no de la mejor manera en la mayoría de las veces.
REGULACION
En 2010 la DCGA (Dirección General de Aeronáutica Civil) al ver esto que estaba sucediendo, tuvo que implementar normas y permisos para poder pilotear Aeronaves no Tripuladas (Drones), y en alguno de los casos, que mencionare en un momento, tener permisos para poder pilotearlas, pero el 31 de Mayo del año en curso, se emitió una nueva versión, que es de la que hablaremos para que no vayan a cometer infracciones.
Antes que nada hay que saber en qué categoría entra nuestro Dron, no vayan a ser como yo, que le decía “esta chiquito y como así de largo”… así no aplica la clasificación. Misma que es de la siguiente conforme lo indica La Dirección General de Aeronáutica Civil:
Ya que sepas en que categoría entra tu Dron, ahora solo hay que saber qué es lo que se requiere, porque en las investigaciones que he realizado la mayoría lo engloban y dan a entender que sin importar el Dron es necesario una autorización lo cual es falso, ya que ahora que estuve viendo lo de la autorización para el Dron de nuestra empresa, hay limitaciones como debe de ser, pero también hay casos en los que no se necesita la autorización.
En caso de lo RPAS Micro, como indica la DGAC, no se requiere de autorización, para ninguno de los tres casos, es decir, uso privado recreativo, uso privado no comercial y comercial, solo hay que mantener los estándares que nos pide la DGAC. La Circular Obligatoria que Establece Los Requerimientos Para Operar Un Sistema De Aeronave Pilotada a Distancia de la DGAC está en:
http://www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/DGAC-archivo/modulo3/co-av-23-10-r3.pdf
Pero en resumen….
RPAS Micro: Privado Recreativo, Privado No Comercial Y Comercial.
NO requieren tener una autorización de Operación de la Autoridad Aeronáutica, siempre que cumplan con los requerimientos y limitaciones … (punto 8)
RPAS Pequeños y Grandes: Privado Recreativo
NO requieren tener una autorización de Operación de la Autoridad Aeronáutica…(Punto 9 apartado 9.1 y punto 10 apartado 10.1)
RPAS Pequeños y Grandes: Privado No Comercial Y Comercial.
SI es necesaria la autorización para ambos, es decir RPAS Pequeños y RPAS Grandes y de igual manera cumplir con las estipulaciones establecidas por la DGCA… (Punto 9 apartado 9.2 y punto 10 apartado 10.2)
Solo es cuestión de analizar las condiciones y requerimientos, una vez que ubiques en que categoría se encuentra tu Dron, la verdad lo demás solo es leer conforme a lo que requieres, que en este caso como lo indicaba al inicio, no todos la requieren.
Lo que si hay que tomar en cuenta, si requieren tomas nocturnas, para cualquier clasificación en modo de uso Privado Recreativo, no estará permitido, y para uso Privado no Comercial y Comercial, es necesario cumplir con los requerimientos establecidos en el punto 11 y 12.
De igual manera la persona encarda de pilotar el RPAS, debe de estar certificada y cumplir con los lineamientos expresados por la DGCA (los encontraras en el apéndice c), deben de tomar en cuenta y validar bien los puntos del apéndice A, ya que es lo que deben de presentar para poder llevar a cabo su trámite para la operación de autorización.
ZONAS RESTRINGIDAS
En si las limitaciones y requerimientos son básicas. Es decir, la distancia que se puede volar, en qué condiciones, el máximo de altura, las distancias que se deben de manejar, sobre todo en aeropuertos y helipuertos y particularmente en las zonas restringidas de acuerdo a lo que establece el Artículo 36 de la Ley de Aviación Civil.
Dicha clasificación se puede encontrar en www.3sit.com.mx/tmp/clasificacionzonasdevuelo.pdf
DRONES PARA TODOS
Existen cada vez más acceso a los drones en México y es por ello que una gran cantidad de personas pueden adquirirlos sin ninguna experiencia o capacitación previa ya que existen precios muy variables desde los $1,000 MN para diversión, equipos de entre $20,000 MN y los $150,000 para temas de tomas aéreas con cámaras de 4k y finalmente “cosas” de más de $1,000,000 para aplicaciones específicas.
ASEGURA TU DRONE
La regulación han incrementado en distintos países y el nuestro no será la excepción. Los equipos llegan a fallar y muchas veces puede poner en peligro a la gente desde una cortada simple hasta un fuerte golpe por una caída de varios metros de altura. La persona afectada no se pondrá a revisar si fue culpa del piloto o fallo el equipo, que para el caso es lo mismo.
Es indispensable contar con un Seguro de Responsabilidad Civil de Daños a terceros, este seguro aplica para casi todos los usos a excepción del Privado Recreativo en todas las Clasificaciones; mismo que vacila entre los $7,000.00 y $15,000.00 MNX, para uno o todos tus drones…. esto ya depende de la aseguradora con la que hagas el trámite o el intermediario que asegure tu Dron.
INFÓRMATE …
Yo soy de la opinión que por más que leas, dudas siempre va a haber, y eso es lo que hace que nos enfoquemos en el punto de más dificultad y buscar una solución, mis soluciones fueron comparar, entrar a diversas páginas y ver que indicaba cada uno, darme un punto de vista diferente y encontrar el mío, y la más factible que me resulto fue marcar directo a la Dirección General de Aeronáutica Civil (que si ya lo están haciendo sabrán que no están tan rápido ese medio, por la dificultad de tener contacto con ellos) pero es mejor preguntar a un experto, ya sea por medio de mesa de ayuda gobmx@funcionpublica.gob.mx o a los teléfonos de atención 5723-9300 / 5482-4100
En 3SIT conocemos perfectamente la información y los permisos necesarios para poder complementar nuestros servicios Video Marketing 360, en donde realizamos tus videos llevando a tus clientes y prospectos a que tengan una experiencia nunca antes vista con tomas aéreas y resultados impresionantes hasta en 4K, y si en algo te puedo apoyar no dudes en dejarme un comentario.
Si quieres más información, visita www.3sit.com.mx/videomarketing
- Posted by Cinthya Manriquez Landeros
- On 12 julio, 2016
- 0 Comments
0 Comments